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Alejandro Canales Sánchez

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La intermediación en el posgrado

Canales-Sánchez, A. (marzo 27, 2025). La intermediación en el posgrado. Suplemento Campus Milenio. Núm. 1085. 2025-03-27

El gobierno anterior, anotamos en este Acelerador de Partículas la semana pasada, cambió de forma notable la organización del posgrado nacional. Al igual que ocurrió en otros sectores y otros programas, la administración federal concentró las decisiones, canceló los apoyos para el sector privado y, muy importante, suprimió la participación de organismos intermedios en la conducción de los programas.

El principio para la gestión anterior era el establecimiento de una relación directa entre el gobierno y los gobernados, como lo expresó el entonces presidente López Obrador. La propuesta del ejecutivo federal fue impulsar una reforma administrativa para eliminar los organismos autónomos (AMLO 29.04.2021)

La reforma administrativa la presentó posteriormente como parte del polémico paquete de 20 reformas (18 constitucionales y dos legales) del 5 de febrero del 2024, aprobadas al final de ese mismo año y que hoy todavía están en proeso de implementación. El gobierno federal la llamó “simplificación orgánica” e incluyó la eliminación de siete organismos, bajo el argumento de que duplicaban funciones (Gaceta Parlamentaria 6457, 05.02.2024)

Algunos organismos son autónomos, aunque pronto ya no existirán, como el Inai, el Instituto Federal de Telecomunicaciones (Ifetel) o la Comisión Federal de Competencia Económica (Cofece). Pero otros son organismos descentralizados, como Mejoredu o el Coneval, o bien órganos reguladores, como la Comisión Reguladora de Energía o la Nacional de Hidrocarburos. También serán eliminados.

Sin embargo, en el sector científico y tecnológico, no fue necesaria la aprobación de una reforma constitucional para la eliminación de los organismos intermedios. Simple y sencillamente, la autoridad del sector cortó toda relación y financiamiento con las instancias que formaban parte de la arquitectura institucional, como las academias, los consejos, las redes y ni mencionar al Foro Consultivo. Las decisiones quedaron concentradas en el gobierno federal.

Incluso, las reuniones y los lazos con la Conferencia Nacional de Ciencia y Tecnología también fueron suspendidos. La Conferencia era una instancia que reunía a las personas titulares de los consejos estatales de ciencia para la deliberación e implementación de las iniciativas a nivel nacional.

El posgrado tampoco escapó a la dinámica de jerarquización de las decisiones y establecimiento de relaciones directas. Lo anotamos la semana pasada: se instauró un Sistema Nacional de Posgrado (SNP) sin justificación técnica y sin criterios de integración. Eso sí, las becas de posgrado serían entregadas de forma directa.

Ya no hubo mediación de las personas titulares de las instituciones de educación superior, ni tampoco de sus respectivas coordinaciones de posgrado. Tal vez no hace falta recordar las expresiones de inconformidad y el caos desatado entre los aspirantes a una beca, las instituciones y el entonces organismo rector de las políticas científicas y tecnológicas.

El gobierno anterior emitió los lineamientos del SNP (DOF 16.08.2023), donde finalmente se definieron, entre otros aspectos, las categorías de clasificación de los programas de posgrado, los requisitos que deberían cumplir, fueran instituciones públicas o privadas para obtener becas, así como la transición de una década para que esas mismas instituciones, si quieren que sus estudiantes reciban el apoyo, no cobren colegiaturas o pagos equivalentes.

Ahora, al inicio de este mes, la actual administración publicó nuevos lineamientos para el SNP. En realidad, respecto de los anteriores, no hay variación en los principios, las categorías de programas, en los requisitos para la asignación de las becas y en su propósito de que para el año 2033, solamente se otorgaran becas a las instituciones que no cobren cuotas.

Sin embargo, sí hay algunos ajustes para los programas y las responsabilidades. Por ejemplo, a los requisitos solicitados a los programas orientados a la investigación, le añadió que cada profesor de estos programas “atienda a un máximo de cinco estudiantes en la dirección y/o codirección” (Artículo 8, fracción III). Una acotación importante porque profesores de algunos posgrados tienen 20 o 30 estudiantes y más bien no atienden a ninguno.

Pero quizás la modificación más importante está en las responsabilidades que los lineamientos les añaden a las coordinaciones de los posgrados. El artículo 15, por ejemplo, le suma más tareas, entre otras: la notificación inmediata a los beneficiarios de becas de la modificación en las condiciones de la beca; informar sobre la retribución social de los becarios y conservar la evidencia documental; resguardar los expedientes de los becarios; dar seguimiento a los becarios; informar a los becarios sobre sus trámites ante el SNP. Y, desde luego, habrá sanciones si las coordinaciones incumplen esas tareas (Artículo 16).

Es decir, tal parece que ahora se advierte que los organismos intermedios sí tenía una función y no fue una buena idea suprimirlos. Retornan, pero bajo nuevas condiciones.




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