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Roberto Rodríguez Gómez

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Las autonomías universitarias en el siglo XXI

Rodríguez-Gómez, R. (julio 18, 2024). Las autonomías universitarias en el siglo XXI. Suplemento Campus Milenio. Núm. 1053. 2024-07-18

En los años ochenta del siglo XX, solamente una universidad pública, la del estado de Yucatán, fue promulgada autónoma por ley del congreso local en 1984. Durante los noventa se incorporaron a la lista tres universidades más: Guadalajara y Guanajuato en 1994, y la Universidad Veracruzana en 1996.

En lo que va de este siglo, varias universidades más han conseguido el carácter de autónomas por ley: la Universidad Autónoma de la Ciudad de México, en 2004; la Universidad de Ciencias y Artes de Chiapas, en 2011; la Universidad Autónoma de Occidente, en 2018, y la Universidad Autónoma de Quintana Roo, en 2022.

Al este grupo cabe agregar dos casos más: la Universidad Autónoma Indígena de México, en el estado de Sinaloa y la Universidad Autónoma Comunal de Oaxaca. Estas instituciones fueron obtuvieron la autonomía legal, la primera en 2016 y la segunda en 2019, pero al tratarse de universidades multiculturales, sus respectivas leyes orgánicas fueron abrogadas por mandato de la Suprema Corte de Justicia, previa acción de inconstitucionalidad de la Comisión Nacional de Derechos Humanos, al no haberse cumplido la obligatoria consulta a las comunidades indígenas de referencia. Una vez que dichas universidades cumplieron con el proceso de consulta correspondiente, los congresos de Sinaloa y Oaxaca otorgaron, una vez más, el carácter de universidades autónomas por ley que había sido suspendido.

La Universidad Autónoma Indígena de México fue creada en 2001 y obtuvo autonomía, con la denominación de Universidad Autónoma Intercultural de Sinaloa en 2016. La ley orgánica promulgada ese año fue impugnada por la CNDH a poco de su expedición y la SCJN determinó invalidar la norma aprobada por el congreso local. En 2019 el congreso de Sinaloa procedió a realizar foros de consulta con comunidades indígenas del estado. Concluido el proceso de consulta, el órgano legislativo estatal, previo dictamen de las Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales y Gobernación y Comunidades y Asuntos Indígenas, aprobó una nueva Ley Orgánica para la UAIM que, entre otros aspectos relevantes, elimina el órgano denominado Junta Ejecutiva, pasando sus facultades al Consejo Universitario. Además, se crea el Consejo Estudiantil, el Tribunal Universitario, la Defensoría de los Derechos Universitarios y el Órgano Interno de Control. Se determina, asimismo, que la elección de rector será competencia del Consejo Universitario.

Por su parte, la Universidad Autónoma Comunal de Oaxaca (UACO) fue aprobada por el congreso local el 26 noviembre de 2019; su ley orgánica, que incluía la autonomía, se publicó en el Periódico Oficial del Gobierno estatal el 20 de abril de 2020. La norma aprobada autorizaba a la institución para La ley orgánica que se aprobó autoriza a la institución a establecer su organización y funcionamiento en forma autónoma; planear y programar sus actividades de enseñanza; investigación y difusión conforme a los principios de libertad de cátedra e investigación; expedir certificados de estudios y otorgar diplomas, títulos y grados académicos; revalidar y establecer equivalencia de estudios realizados en otras instituciones; incorporar estudios y otorgar o retirar reconocimientos de validez con fines académicos a programas de instituciones particulares; así como a celebrar convenios y contratos con instancias públicas, privadas o sociales para la realización de su objeto. En materia de gobierno, el ordenamiento contemplaba los órganos con capacidad de decisión: Consejo Académico, rector, Coordinaciones (académica, administrativa y financiera), así como Coordinaciones de los Centros dependientes de la Universidad. A estos órganos se agregaba un Consejo Consultivo.

En forma similar a lo ocurrido con la institución sinaloense, la Comisión Nacional de Derechos Humanos promovió, en julio de 2020, una acción de inconstitucionalidad para invalidar la norma aprobada por el congreso de Oaxaca, manifestando como razón de invalidez la falta de consulta previa, libre e informada a las comunidades indígenas de la entidad. La SCJN determinó que los preceptos invalidados incidían directamente en los intereses de los pueblos y comunidades indígenas del Estado de Oaxaca, en virtud de que se trata de una institución estatal destinada a la atención de las necesidades de educación superior de estas comunidades. Por tanto, existía la obligación de consultar a dichos grupos de manera previa a la expedición de la ley. De acuerdo con la línea establecida en diversos precedentes, la invalidez decretada debía surtir efectos dieciocho meses después de que notificados los puntos resolutivos al Congreso local. Dentro de ese mismo plazo, el Congreso local tendría que desarrollar las consultas correspondientes y, con base en los resultados de las consultas, emitir una nueva normativa.

Los foros de consulta se realizaron del 27 de enero al 4 de marzo de 2023, proceso que culminó el 3 de abril con la entrega de la iniciativa de ley a la Secretaría de Servicios Parlamentarios. La Comisión Permanente publicó el dictamen favorable de la iniciativa el 30 de mayo del año pasado. A partir de ese momento, las autoridades de la UACO demandaron repetidamente a la instancia legislativa la presentación al pleno de la nueva ley orgánica para su aprobación. El proceso correspondiente se cumplió el 21 de febrero de 2024 en que la legislatura estatal dio por aprobado, en forma unánime, el decreto de la Ley Orgánica de la Universidad Autónoma Comunal de Oaxaca (UACO).




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